Archivo de la etiqueta: lecrim

Artículo 901 bis a de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.901 bis a LECrim – Artículo 901 bis a de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española Cuando la Sala estime haberse cometido el quebrantamiento de forma en que se funda el recurso, declarará haber lugar a él y ordenará la devolución de la causa al Tribunal de que proceda para que, reponiéndola al estado que

Leer más

Artículo 901 bis b de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.901 bis b LECrim – Artículo 901 bis b de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española Si la Sala estima no haberse cometido el quebrantamiento de forma alegado, declarará no haber lugar al mismo y procederá en la propia sentencia a resolver los motivos de casación por infracción de ley. En todo caso mandará devolver

Leer más

Artículo 902 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.902 LECrim – Artículo 902 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española Si la Sala casa la resolución objeto del recurso a virtud de algún motivo fundado en la infracción de la ley, dictará a continuación, pero separadamente, la sentencia que proceda conforme a derecho, sin más limitación que la de no imponer pena superior

Leer más

Artículo 903 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.903 LECrim – Artículo 903 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española Cuando sea recurrente uno de los procesados, la nueva sentencia aprovechará a los demás en lo que les fuere favorable, siempre que se encuentren en la misma situación que el recurrente y les sean aplicables los motivos alegados por los que se declare

Leer más

Artículo 904 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.904 LECrim – Artículo 904 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española Contra la sentencia de casación y la que se dicte en virtud de la misma, no se dará recurso alguno. Artículo 905 Artículo 906 Artículo 907 Artículo 908 Artículo 909 CAPÍTULO II. DE LOS RECURSOS DE CASACIÓN POR QUEBRANTAMIENTO DE FORMA Artículo 910

Leer más