Archivo del Autor: Abogado Penalista

Artículo 369 del Código Penal

Art.369 CP – Artículo 369 del Código Penal Español 1. Se impondrán las penas superiores en grado a las señaladas en el artículo anterior y multa del tanto al cuádruplo cuando concurran alguna de las siguientes circunstancias: 1.ª El culpable fuere autoridad, funcionario público, facultativo, trabajador social, docente o educador y obrase en el ejercicio

Leer más

Artículo 367 del Código Penal

Art.367 CP – Artículo 367 del Código Penal Español Si los hechos previstos en todos los artículos anteriores fueran realizados por imprudencia grave, se impondrán, respectivamente, las penas inferiores en grado. Artículo 368 Artículo 369 Artículo 369 bis Artículo 370 Artículo 371 Artículo 372 Artículo 373 Artículo 374 Artículo 375 Artículo 376 Artículo 377 Artículo

Leer más

Artículo 362 sexies del Código Penal

Art.362 sexies CP – Artículo 362 sexies del Código Penal Español En los delitos previstos en los artículos anteriores de este Capítulo serán objeto de decomiso las sustancias y productos a que se refieren los artículos 359 y siguientes, así como los bienes, medios, instrumentos y ganancias con sujeción a lo dispuesto en los artículos

Leer más

Artículo 362 quinquies del Código Penal

Art.362 quinquies CP – Artículo 362 quinquies del Código Penal Español 1. Los que, sin justificación terapéutica, prescriban, proporcionen, dispensen, suministren, administren, ofrezcan o faciliten a deportistas federados no competitivos, deportistas no federados que practiquen el deporte por recreo, o deportistas que participen en competiciones organizadas en España por entidades deportivas, sustancias o grupos farmacológicos

Leer más