Artículo 582 del Código Penal
Art.582 CP – Artículo 582 del Código Penal Español Será castigado con la pena de prisión de doce a veinte años: 1.º El español que facilite al enemigo la entrada en España, la toma de una plaza, puesto militar, buque o aeronave del Estado o almacenes de intendencia o armamento. 2.º El español que seduzca
