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Artículo 707 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.707 LECrim – Artículo 707 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española Todos los testigos están obligados a declarar lo que supieren sobre lo que les fuere preguntado, con excepción de las personas expresadas en los artículos 416, 417 y 418, en sus respectivos casos. La declaración de los testigos menores de edad o con

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