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Artículo 212 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.212 LECrim – Artículo 212 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española El recurso de apelación se entablará dentro de cinco días, a contar desde el siguiente al de la última notificación de la resolución judicial que fuere su objeto, hecha a los que expresa el art. anterior. La preparación del recurso de casación se

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