Artículo 453 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal
Art.453 LECrim – Artículo 453 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española El Secretario dará fe de todo lo que ocurriere en el acto del careo y de las preguntas, contestaciones y reconvenciones que mutuamente se hicieren los careados, así como de lo que se observare en su actitud durante el acto; y firmará la
