Archivo de la etiqueta: artículo 588 ter f

Artículo 588 ter f de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.588 ter f LECrim – Artículo 588 ter f de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 588 bis g, la Policía Judicial pondrá a disposición del juez, con la periodicidad que este determine y en soportes digitales distintos, la transcripción de los pasajes que considere de interés y

Leer más