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Artículo 615 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.615 LECrim – Artículo 615 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española Cuando en la instrucción del sumario aparezca indicada la existencia de la responsabilidad civil de un tercero con arreglo a los artículos respectivos del Código Penal, o por haber participado alguno por título lucrativo de los efectos del delito, el Juez, a instancia

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