Artículo 615 del Código Penal
Art.615 CP – Artículo 615 del Código Penal Español La provocación, la conspiración y la proposición para la ejecución de los delitos previstos en los capítulos anteriores de este Título se castigarán con la pena inferior en uno o dos grados a la que correspondería a los mismos. Artículo 615 bis Artículo 616 Artículo 616
