Archivos de la categoría Ley Enjuiciamiento Criminal

Artículo 632 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.632 LECrim – Artículo 632 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española Si fuere confirmado el auto declarando terminado el sumario, el Tribunal resolverá, dentro del tercer día, respecto a la solicitud del juicio oral o de sobreseimiento. Artículo 633 CAPÍTULO II. DEL SOBRESEIMIENTO Artículo 634 Artículo 635 Artículo 636 Artículo 637 Artículo 638 Artículo

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Artículo 648 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.648 LECrim – Artículo 648 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española Los Fiscales llevarán un registro para anotar los partes de formación de causa que reciban, los testimonios de adelantos más notables que se les remitan por los Secretarios judiciales, especialmente los que expresa el artículo 646, y las contestaciones que a su vez

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Artículo 633 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.633 LECrim – Artículo 633 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española En el auto en que el Tribunal acuerde la apertura del juicio oral se dispondrá el traslado al que se refiere el artículo 649, sin perjuicio de lo determinado en el capítulo II de este título. Artículo 634 Artículo 635 Artículo 636 Artículo

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Artículo 649 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.649 LECrim – Artículo 649 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española Cuando se mande abrir el juicio oral, el Secretario judicial comunicará la causa al Fiscal, o al acusador privado si versa sobre delito que no pueda ser perseguido de oficio, para que en el término de cinco días califiquen por escrito los hechos.

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Artículo 634 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.634 LECrim – Artículo 634 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española El sobreseimiento puede ser libre o provisional, total o parcial. Si fuere el sobreseimiento parcial, se mandará abrir el juicio oral respecto de los procesados a quienes no favorezca. Si fuere total, se mandará que se archiven la causa y piezas de convicción

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Artículo 650 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.650 LECrim – Artículo 650 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española El escrito de calificación se limitará a determinar en conclusiones precisas y numeradas: 1.º Los hechos punibles que resulten del sumario. 2.º La calificación legal de los mismos hechos, determinando el delito que constituyan. 3.º La participación que en ellos hubieren tenido el

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Artículo 635 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.635 LECrim – Artículo 635 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española Las piezas de convicción cuyo dueño fuere conocido continuarán retenidas si un tercero lo solicitare, hasta que se resuelva la acción civil que se propusiere entablar. En este caso, si el Tribunal accediere a la retención, fijará el plazo dentro del cual habrá

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Artículo 651 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.651 LECrim – Artículo 651 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española Devuelta la causa por el Fiscal, el Secretario judicial la pasará por igual término y con el mismo objeto al acusador particular, si lo hubiere, quien presentará el escrito de calificación, firmado por su Abogado y Procurador en la forma anteriormente indicada. Si

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Artículo 636 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.636 LECrim – Artículo 636 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española Contra los autos de sobreseimiento sólo procederá, en su caso, el recurso de casación. El auto de sobreseimiento se comunicará a las víctimas del delito, en la dirección de correo electrónico y, en su defecto, por correo ordinario a la dirección postal o

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Artículo 652 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.652 LECrim – Artículo 652 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española Seguidamente el Secretario judicial comunicará la causa a los procesados y a las terceras personas civilmente responsables, para que en igual término y por su orden manifiesten también, por conclusiones numeradas y correlativas a las de la calificación que a ellos se refiera,

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