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Artículo 651 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.651 LECrim – Artículo 651 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española Devuelta la causa por el Fiscal, el Secretario judicial la pasará por igual término y con el mismo objeto al acusador particular, si lo hubiere, quien presentará el escrito de calificación, firmado por su Abogado y Procurador en la forma anteriormente indicada. Si

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Artículo 636 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.636 LECrim – Artículo 636 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española Contra los autos de sobreseimiento sólo procederá, en su caso, el recurso de casación. El auto de sobreseimiento se comunicará a las víctimas del delito, en la dirección de correo electrónico y, en su defecto, por correo ordinario a la dirección postal o

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Artículo 652 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.652 LECrim – Artículo 652 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española Seguidamente el Secretario judicial comunicará la causa a los procesados y a las terceras personas civilmente responsables, para que en igual término y por su orden manifiesten también, por conclusiones numeradas y correlativas a las de la calificación que a ellos se refiera,

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Artículo 637 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.637 LECrim – Artículo 637 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española Procederá el sobreseimiento libre: 1.º Cuando no existan indicios racionales de haberse perpetrado el hecho que hubiere dado motivo a la formación de la causa. 2.º Cuando el hecho no sea constitutivo de delito. 3.º Cuando aparezcan exentos de responsabilidad criminal los procesados

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Artículo 653 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.653 LECrim – Artículo 653 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española Las partes podrán presentar, sobre cada uno de los pun­tos que han de ser objeto de la calificación, dos o más conclusiones en forma alternativa, para que si no resultare del juicio la procedencia de la primera, pueda estimarse cualquiera de las demás

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Artículo 622 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.622 LECrim – Artículo 622 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española Practicadas las diligencias decretadas de oficio o a instancia de parte por el Juez instructor, si éste considerase terminado el sumario, lo declarará así, mandando remitir los autos y las piezas de convicción al Tribunal competente para conocer del delito. Cuando no haya

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Artículo 638 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.638 LECrim – Artículo 638 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española En los casos 1.º y 2.º del artículo anterior podrá declararse, al decretar el sobreseimiento, que la formación de la causa no perjudica a la reputación de los procesados. Podrá también, a instancia del procesado, reservarse a éste su derecho de perseguir al

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Artículo 654 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.654 LECrim – Artículo 654 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española El Secretario judicial, al dar traslado de la causa a las partes en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos anteriores, dispondrá lo que considere conveniente para que éstas puedan examinar la correspondencia, libros, papeles y demás piezas de convicción, sin peligro de

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Artículo 623 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.623 LECrim – Artículo 623 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española Tanto en uno como en otro caso se notificará el auto de conclusión del sumario al querellante particular, si lo hubiere, aun cuando sólo tenga el carácter de actor civil, al procesado y a las demás personas contra quienes resulte responsabilidad civil, emplazándoles

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Artículo 639 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.639 LECrim – Artículo 639 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española En el caso 2.º del artículo 637, si resultare que el hecho constituye una falta, se mandará remitir la causa al Juez municipal competente para la celebración del juicio que corresponda. Artículo 640 Artículo 641 Artículo 642 Artículo 643 Artículo 644 Artículo 645

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