Archivo del Autor: Abogado Penalista

Artículo 968 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.968 LECrim – Artículo 968 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española En el caso de que por motivo justo no pueda celebrarse el juicio oral en el día señalado o de que no pueda concluirse en un solo acto, el Secretario judicial señalará para su celebración o continuación el día más inmediato posible y,

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Artículo 967 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.967 LECrim – Artículo 967 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española 1. En las citaciones que se efectúen al denunciante, al ofendido o perjudicado y al investigado para la celebración del juicio, se les informará de que pueden ser asistidos por abogado si lo desean y de que deberán acudir al juicio con los

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Artículo 966 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.966 LECrim – Artículo 966 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española Las citaciones para la celebración del juicio previsto en el artículo anterior se harán al Ministerio Fiscal, al querellante o denunciante, si lo hubiere, al denunciado y a los testigos y peritos que puedan dar razón de los hechos. A tal fin, se

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Artículo 965 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.965 LECrim – Artículo 965 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española 1. Si no fuere posible la celebración del juicio durante el servicio de guardia, se seguirán las reglas siguientes: 1.ª Si el juez estimare que la competencia para el enjuiciamiento corresponde al propio juzgado de instrucción y que no procede el sobreseimiento conforme

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Artículo 964 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.964 LECrim – Artículo 964 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española 1. En los supuestos no contemplados por el artículo 962, cuando la Policía Judicial tenga noticia de un hecho que presente los caracteres de algún delito leve, formará de manera inmediata el correspondiente atestado que remitirá sin dilación al Juzgado de guardia salvo para

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Artículo 963 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.963 LECrim – Artículo 963 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española 1. Recibido el atestado conforme a lo previsto en el artículo anterior, si el juez estima procedente la incoación del juicio, adoptará alguna de las siguientes resoluciones: 1.ª Acordará el sobreseimiento del procedimiento y el archivo de las diligencias cuando lo solicite el

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Artículo 962 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.962 LECrim – Artículo 962 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española 1. Cuando la Policía Judicial tenga noticia de un hecho que presente los caracteres de delito leve de lesiones o maltrato de obra, de hurto flagrante, de amenazas, de coacciones o de injurias, cuyo enjuiciamiento corresponda al Juzgado de Instrucción al que se

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Artículo 961 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.961 LECrim – Artículo 961 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española El Fiscal General del Estado podrá también interponer el recurso siempre que tenga conocimiento de algún caso en el que proceda y que, a su juicio, haya fundamento bastante para ello, de acuerdo con la información que haya practicado. Artículo 962 Artículo 963

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Artículo 960 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.960 LECrim – Artículo 960 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española Cuando por consecuencia de la sentencia firme anulada hubiese sufrido el condenado alguna pena corporal, si en la nueva sentencia se le impusiere alguna otra, se tendrá en cuenta para el cumplimiento de ésta todo el tiempo de la anteriormente sufrida y su

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Artículo 959 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.959 LECrim – Artículo 959 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española El recurso de revisión se sustanciará oyendo por escrito una sola vez al Fiscal y otra a los penados, que deberán ser citados si antes no comparecieren. Cuando pidieren la unión de antecedentes a los autos, la Sala acordará sobre este particular lo

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