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Artículo 965 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.965 LECrim – Artículo 965 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española 1. Si no fuere posible la celebración del juicio durante el servicio de guardia, se seguirán las reglas siguientes: 1.ª Si el juez estimare que la competencia para el enjuiciamiento corresponde al propio juzgado de instrucción y que no procede el sobreseimiento conforme

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Artículo 966 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.966 LECrim – Artículo 966 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española Las citaciones para la celebración del juicio previsto en el artículo anterior se harán al Ministerio Fiscal, al querellante o denunciante, si lo hubiere, al denunciado y a los testigos y peritos que puedan dar razón de los hechos. A tal fin, se

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Artículo 967 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.967 LECrim – Artículo 967 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española 1. En las citaciones que se efectúen al denunciante, al ofendido o perjudicado y al investigado para la celebración del juicio, se les informará de que pueden ser asistidos por abogado si lo desean y de que deberán acudir al juicio con los

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Artículo 983 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.983 LECrim – Artículo 983 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española Todo procesado absuelto por la sentencia será puesto en libertad inmediatamente, a menos que el ejercicio de un recurso que produzca efectos suspensivos o la existencia de otros motivos legales hagan necesario el aplazamiento de la excarcelación, lo cual se ordenará por auto

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Artículo 968 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.968 LECrim – Artículo 968 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española En el caso de que por motivo justo no pueda celebrarse el juicio oral en el día señalado o de que no pueda concluirse en un solo acto, el Secretario judicial señalará para su celebración o continuación el día más inmediato posible y,

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Artículo 984 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.984 LECrim – Artículo 984 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española La ejecución de la sentencia en los juicios sobre faltas corresponde al órgano que haya conocido del juicio. Cuando no pudiera practicar por sí mismo todas las diligencias necesarias se dirigirá al órgano judicial de la circunscripción en que deban tener efecto, para

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Artículo 969 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.969 LECrim – Artículo 969 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española 1. El juicio será público, dando principio por la lectura de la querella o de la denuncia, si las hubiere, siguiendo a esto el examen de los testigos convocados, y practicándose las demás pruebas que propongan el querellante, el denunciante y el Fiscal,

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Artículo 985 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.985 LECrim – Artículo 985 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española La ejecución de las sentencias en causas por delito corresponde al Tribunal que haya dictado la que sea firme. La ejecución de las sentencias recaídas en el proceso por aceptación de decreto, cuando el delito sea leve, corresponde al juzgado que la hubiera

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