Artículo 599 del Código Penal
Art.599 CP – Artículo 599 del Código Penal Español La pena establecida en el artículo anterior se aplicará en su mitad superior cuando concurra alguna de las circunstancias siguientes: 1.º Que el sujeto activo sea depositario o conocedor del secreto o información por razón de su cargo o destino. 2.º Que la revelación consistiera en
