Archivos de la categoría Ley Enjuiciamiento Criminal

Artículo 110 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.110 LECrim – Artículo 110 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española Los perjudicados por un delito o falta que no hubieren renunciado a su derecho podrán mostrarse parte en la causa si lo hicieran antes del trámite de calificación del delito y ejercitar las acciones civiles que procedan, según les conviniere, sin que por

Leer más

Artículo 125 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.125 LECrim – Artículo 125 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española 1. Cuando se pongan de manifiesto circunstancias de las que pueda derivarse la necesidad de la asistencia de un intérprete o traductor, el Presidente del Tribunal o el Juez, de oficio o a instancia del Abogado del imputado o acusado, comprobará si éste

Leer más

Artículo 96 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.96 LECrim – Artículo 96 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española Los representantes del Ministerio Fiscal no podrán ser recusados, pero se abstendrán de intervenir en los actos judiciales cuando concurra en ellos alguna de las causas señaladas en el ar­tículo 54 de esta Ley. Artículo 97 Artículo 98 Artículo 99 TÍTULO IV. De

Leer más

Artículo 111 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.111 LECrim – Artículo 111 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española Las acciones que nacen de un delito o falta podrán ejercitarse junta o separadamente; pero mientras estuviese pendiente la acción penal no se ejercitará la civil con separación hasta que aquélla haya sido resuelta en sentencia firme, salvo siempre lo dispuesto en los

Leer más

Artículo 126 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.126 LECrim – Artículo 126 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española La renuncia a los derechos a que se refiere el artículo 123 deberá ser expresa y libre, y solamente será válida si se produce después de que el imputado o acusado haya recibido un asesoramiento jurídico suficiente y accesible que le permita tener

Leer más

Artículo 97 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.97 LECrim – Artículo 97 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española Si concurriese en el Fiscal del Tribunal Supremo o en los Fiscales de las Audiencias alguna de las causas por razón de las cuales deban abstenerse de conformidad con lo dispuesto en el ar­tículo anterior, designarán para que los reemplacen al Teniente fiscal,

Leer más

Artículo 112 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.112 LECrim – Artículo 112 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española Ejercitada sólo la acción penal, se entenderá utilizada también la civil, a no ser que el dañado o perjudicado la renunciase o la reservase expresamente para ejercitarla después de terminado el juicio criminal, si a ello hubiere lugar. Si se ejercitase sólo la

Leer más

Artículo 127 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.127 LECrim – Artículo 127 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española Las disposiciones contenidas en los artículos precedentes son igualmente aplicables a las personas con discapacidad sensorial, que podrán contar con medios de apoyo a la comunicación oral. Artículo 128 Artículo 129 Artículo 130 Artículo 131 Artículo 132 Artículo 133 Artículo 134 Artículo 135

Leer más

Artículo 98 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.98 LECrim – Artículo 98 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española Los Tenientes y Abogados fiscales del Tribunal Supremo y de las Audiencias harán presente su excusa al superior respectivo, quien les relevará de intervenir en los actos judiciales y elegirá para sustituirles al que tenga por conveniente entre sus subordinados. Artículo 99 TÍTULO

Leer más

Artículo 113 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.113 LECrim – Artículo 113 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española Podrán ejercitarse expresamente las dos acciones por una misma persona o por varias; pero siempre que sean dos o más las personas por quienes se utilicen las acciones derivadas de un delito o falta lo verificarán en un solo proceso y, si fuere

Leer más