Archivos de la categoría Ley Enjuiciamiento Criminal

Artículo 188 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.188 LECrim – Artículo 188 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española Los suplicatorios, exhortos o mandamientos en causas en que se persigan delitos que no sean de los que sólo por querella privada pueden ser perseguidos, se expedirán de oficio y se cursarán directamente para su cumplimiento por el Juez o Tribunal que los

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Artículo 204 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.204 LECrim – Artículo 204 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española Los autos y decretos se dictarán y firmarán en el día siguiente al en que se hubiesen entablado las pretensiones que por ellos se hayan de resolver, o hubieren llegado las actuaciones a estado de que aquéllos sean dictados. Las providencias y diligencias

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Artículo 173 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.173 LECrim – Artículo 173 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española En la diligencia de entrega se hará constar la obligación del que recibiere la copia de la cédula de entregarla al que deba ser notificado inmediatamente que regrese a su domicilio, bajo la multa de 25 a 200 pesetas si deja de entregarla.

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Artículo 189 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.189 LECrim – Artículo 189 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española La persona que reciba los documentos los presentará, en el término que se le hubiese fijado, al Juez o Tribunal a quien se haya encomendado el cumplimiento, dando aviso, acto continuo, de haberlo hecho así, al Juez o Tribunal de quien procedan. Al

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Artículo 174 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.174 LECrim – Artículo 174 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española Cuando no se pueda practicar una notificación por haber cambiado de habitación el que deba ser notificado y no ser posible averiguar la nueva, o por cualquier otra causa, se hará constar en la cédula original. Artículo 175 Artículo 176 Artículo 177 Artículo

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Artículo 190 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.190 LECrim – Artículo 190 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española Cuando hubiesen sido remitidos de oficio, el Juez o Tribunal que los reciba acusará inmediatamente recibo al remitente. Artículo 191 Artículo 192 Artículo 193 Artículo 194 Artículo 195 Artículo 196 TÍTULO IX. De los términos judiciales Artículo 197 Artículo 198 Artículo 199 Artículo

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Artículo 175 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.175 LECrim – Artículo 175 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española Las citaciones y emplazamientos se practicarán en la forma establecida para las notificaciones, con las siguientes diferencias: La cédula de citación contendrá: 1. Expresión del Juez, Tribunal o Secretario judicial que hubiere dictado la resolución, de la fecha de ésta y de la

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Artículo 191 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.191 LECrim – Artículo 191 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española El Juez o Tribunal que reciba, o a quien sea presentado un suplicatorio, exhorto o carta-orden, acordará su cumplimiento, sin perjuicio de reclamar la competencia que estimare corresponderle, disponiendo lo conducente para que se practiquen las diligencias dentro del plazo, si se hubiere

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Artículo 176 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.176 LECrim – Artículo 176 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española Cuando el citado no comparezca en el lugar, día y hora que se le hubiesen señalado, el que haya practicado la citación volverá a constituirse en el domicilio de quien hubiese recibido la copia de la cédula, haciendo constar por diligencia en la

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Artículo 192 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.192 LECrim – Artículo 192 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española Cuando se demorare el cumplimiento de un suplicatorio más tiempo del absolutamente necesario para ello, atendidas la distancia y la índole de la diligencia que haya de practicarse, el Juez o Tribunal que lo hubiese expedido remitirá de oficio o a instancia de

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