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Artículo 795 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.795 LECrim – Artículo 795 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española 1. Sin perjuicio de lo establecido para los demás procesos especiales, el procedimiento regulado en este Título se aplicará a la instrucción y al enjuiciamiento de delitos castigados con pena privativa de libertad que no exceda de cinco años, o con cualesquiera otras

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Artículo 765 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.765 LECrim – Artículo 765 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española 1. En los procesos relativos a hechos derivados del uso y circulación de vehículos de motor el Juez o Tribunal podrá señalar y ordenar el pago de la pensión provisional que, según las circunstancias, considere necesaria en cuantía y duración para atender a

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Artículo 781 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.781 LECrim – Artículo 781 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española 1. El escrito de acusación comprenderá, además de la solicitud de apertura del juicio oral ante el órgano que se estime competente y de la identificación de la persona o personas contra las que se dirige la acusación, los extremos a que se

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Artículo 796 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.796 LECrim – Artículo 796 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española 1. Sin perjuicio de cuanto se establece en el Título III del Libro II y de las previsiones del capítulo II del Título II de este Libro, la Policía Judicial deberá practicar en el tiempo imprescindible y, en todo caso, durante el tiempo

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Artículo 766 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.766 LECrim – Artículo 766 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española 1. Contra los autos del Juez de Instrucción y del Juez de lo Penal que no estén exceptuados de recurso podrán ejercitarse el de reforma y el de apelación. Salvo que la Ley disponga otra cosa, los recursos de reforma y apelación no

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Artículo 782 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.782 LECrim – Artículo 782 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española 1. Si el Ministerio Fiscal y el acusador particular solicitaren el sobreseimiento de la causa por cualquiera de los motivos que prevén los artículos 637 y 641, lo acordará el Juez, excepto en los supuestos de los números 1.o, 2.o, 3.o, 5.o y

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Artículo 797 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.797 LECrim – Artículo 797 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española 1. El juzgado de guardia, tras recibir el atestado policial, junto con los objetos, instrumentos y pruebas que, en su caso, lo acompañen, incoará, si procede, diligencias urgentes. Contra este auto no cabrá recurso alguno. Sin perjuicio de las demás funciones que tiene

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Artículo 735 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.735 LECrim – Artículo 735 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española El Presidente concederá después la palabra al defensor del actor civil si lo hubiere, quien limitará su informe a los puntos concernientes a la responsabilidad civil. Artículo 736 Artículo 737 Artículo 738 Artículo 739 Artículo 740 Artículo 741 Artículo 742 Artículo 743 CAPÍTULO

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Artículo 751 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.751 LECrim – Artículo 751 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española Cuando el Senador o Diputado a Cortes fuere delincuente in fraganti, podrá ser detenido y procesado sin la autorización a que se refiere el artículo anterior; pero en las veinticuatro horas siguientes a la detención o procesamiento deberá ponerse lo hecho en conocimiento

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Artículo 736 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.736 LECrim – Artículo 736 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española En seguida dará la palabra a los defensores de los procesados, y después de ellos a los de las personas civilmente responsables, si no se defendieren bajo una sola representación con aquéllos. Artículo 737 Artículo 738 Artículo 739 Artículo 740 Artículo 741 Artículo

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