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Artículo 592 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.592 LECrim – Artículo 592 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española Podrá ser fiador personal todo español de buena conducta y avecindado dentro del territorio del Tribunal que esté en el pleno goce de los derechos civiles y políticos y venga pagando con tres años de anticipación una contribución que, a juicio del instructor,

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Artículo 608 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.608 LECrim – Artículo 608 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española (Sin contenido) Artículo 609 Artículo 610 Artículo 611 Artículo 612 Artículo 613 Artículo 614 Artículo 614 bis TÍTULO X. De la responsabilidad civil de terceras personas Artículo 615 Artículo 616 Artículo 617 Artículo 618 Artículo 619  

Artículo 621 ter de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.621 ter LECrim – Artículo 621 ter de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española 1. La suspensión producirá efectos desde que, dictado el auto a que se refiere el artículo anterior, resulte constituida debidamente la garantía correspondiente conforme a lo dispuesto en el artículo anterior, en cuyo caso se entenderán retrotraídos sus efectos al momento

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Artículo 593 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.593 LECrim – Artículo 593 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española La fianza hipotecaria podrá sustituirse por otra en metálico, efectos públicos, o valores y demás muebles de los enumerados en el artículo 591, en la siguiente proporción: El valor de los bienes de la hipoteca será doble que el del metálico señalado para

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Artículo 609 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.609 LECrim – Artículo 609 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española (Sin contenido) Artículo 610 Artículo 611 Artículo 612 Artículo 613 Artículo 614 Artículo 614 bis TÍTULO X. De la responsabilidad civil de terceras personas Artículo 615 Artículo 616 Artículo 617 Artículo 618 Artículo 619 Artículo 620

Artículo 594 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.594 LECrim – Artículo 594 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española Los bienes de las fianzas hipotecaria y pignoraticia serán tasados por dos peritos nombrados por el Juez instructor o Tribunal que conozca de la causa, y los títulos de propiedad relativos a las fincas ofrecidas en hipoteca se examinarán por el Ministerio Fiscal;

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Artículo 610 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.610 LECrim – Artículo 610 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española (Sin contenido) Artículo 611 Artículo 612 Artículo 613 Artículo 614 Artículo 614 bis TÍTULO X. De la responsabilidad civil de terceras personas Artículo 615 Artículo 616 Artículo 617 Artículo 618 Artículo 619 Artículo 620 Artículo 621 TÍTULO X BIS. De las especialidades en

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Artículo 588 ter c de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.588 ter c LECrim – Artículo 588 ter c de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española Podrá acordarse la intervención judicial de las comunicaciones emitidas desde terminales o medios de comunicación telemática pertenecientes a una tercera persona siempre que: 1.º exista constancia de que el sujeto investigado se sirve de aquella para transmitir o recibir

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Artículo 588 quinquies a de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.588 quinquies a LECrim – Artículo 588 quinquies a de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española 1. La Policía Judicial podrá obtener y grabar por cualquier medio técnico imágenes de la persona investigada cuando se encuentre en un lugar o espacio público, si ello fuera necesario para facilitar su identificación, para localizar los instrumentos o

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Artículo 588 ter d de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.588 ter d LECrim – Artículo 588 ter d de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española 1. La solicitud de autorización judicial deberá contener, además de los requisitos mencionados en el artículo 588 bis b, los siguientes: a) la identificación del número de abonado, del terminal o de la etiqueta técnica, b) la identificación de la

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