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Artículo 209 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.209 LECrim – Artículo 209 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española Las diligencias de que habla el art. anterior se practicarán en un término que no exceda de un día por cada 20 kilómetros de distancia entre la capital y el punto en que deban tener lugar. Artículo 210 Artículo 211 Artículo 212 Artículo

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Artículo 225 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.225 LECrim – Artículo 225 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española Si el recurso no fuere admisible más que en un solo efecto, el Juez, en la misma resolución en que así lo declare en cumplimiento del artículo 223, mandará sacar testimonio del auto primeramente recurrido, de los escritos referentes al recurso de reforma,

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Artículo 210 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.210 LECrim – Artículo 210 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española Las demás diligencias judiciales se practicarán en los términos que se fijen para ello al dictar la resolución en que se ordenen. Artículo 211 Artículo 212 Artículo 213 Artículo 214 Artículo 215 TÍTULO X. De los recursos contra las resoluciones procesales CAPÍTULO I.

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Artículo 226 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.226 LECrim – Artículo 226 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española Para el señalamiento de los particulares que hayan de testimoniarse no podrá darse vista al apelante de los autos que para él tuvieren carácter de reservados. Artículo 227 Artículo 228 Artículo 229 Artículo 230 Artículo 231 Artículo 232 Artículo 233 Artículo 234 Artículo

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Artículo 211 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.211 LECrim – Artículo 211 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española Los recursos de reforma o de súplica contra las resoluciones de los Jueces y Tribunales se interpondrán en el plazo de los tres días siguientes a su notificación a los que sean parte en el juicio. En el mismo plazo se interpondrán los

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Artículo 227 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.227 LECrim – Artículo 227 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española Puesto el testimonio, se emplazará a las partes para que, dentro del término fijado en el artículo 224, se personen en el Tribunal que hubiere de conocer del recurso. Artículo 228 Artículo 229 Artículo 230 Artículo 231 Artículo 232 Artículo 233 Artículo 234

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Artículo 212 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.212 LECrim – Artículo 212 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española El recurso de apelación se entablará dentro de cinco días, a contar desde el siguiente al de la última notificación de la resolución judicial que fuere su objeto, hecha a los que expresa el art. anterior. La preparación del recurso de casación se

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Artículo 228 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.228 LECrim – Artículo 228 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española Recibidos los autos en el Tribunal superior, si en el término del emplazamiento no se hubiere personado el apelante, el Secretario judicial mediante decreto declarará de oficio, desierto el recurso, comunicándolo inmediatamente por certificación al Juez, y devolviendo los autos originales si el

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Artículo 213 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.213 LECrim – Artículo 213 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española El recurso de queja para cuya interposición no señale término la Ley podrá interponerse en cualquier tiempo, mientras estuviese pendiente la causa. Artículo 214 Artículo 215 TÍTULO X. De los recursos contra las resoluciones procesales CAPÍTULO I. De los recursos contra las resoluciones

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Artículo 229 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.229 LECrim – Artículo 229 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española Si el apelante se hubiese personado, el Secretario judicial le dará vista de los autos por término de tres días para instrucción. Después de él seguirá la vista, por igual término, a las demás partes personadas, y por último al Fiscal, si la

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