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Artículo 616 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.616 LECrim – Artículo 616 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española La persona a quien se exigiere la fianza o cuyos bienes fueren embargados podrá, durante el sumario, manifestar por escrito las razones que tenga para que no se la considere civilmente responsable y las pruebas que pueda ofrecer para el mismo objeto. Artículo

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