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Artículo 876 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.876 LECrim – Artículo 876 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española Cuando dentro del emplazamiento o al día siguiente de la designación manifieste el Procurador del recurrente su propósito de interponer el recurso, o el Fiscal lo solicitare, se mandará por la Sala abrir el pliego que contenga la certificación de votos reservados y

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Artículo 891 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.891 LECrim – Artículo 891 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española (Derogado) Artículo 892 Artículo 893 SECCIÓN SEXTA. De la decisión del recurso Artículo 893 bis a Artículo 893 bis b Artículo 894 Artículo 895 Artículo 896 Artículo 897 Artículo 898 Artículo 899 Artículo 900 Artículo 901 Artículo 901 bis a Artículo 901 bis

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Artículo 877 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.877 LECrim – Artículo 877 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española Los recursos se numerarán correlativamente por el orden de su presentación, y del núm. que corresponda a cada uno se dará certificación a la parte que lo pidiere. Se establecerá, además de la general, una numeración separada para los recursos interpuestos contra las

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Artículo 892 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.892 LECrim – Artículo 892 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española Contra la resolución de la Sala, admitiendo o denegando la admisión del recurso y la adhesión, no se dará ningún otro. Artículo 893 SECCIÓN SEXTA. De la decisión del recurso Artículo 893 bis a Artículo 893 bis b Artículo 894 Artículo 895 Artículo

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Artículo 878 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.878 LECrim – Artículo 878 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española Transcurrido el término de emplazamiento sin que haya comparecido el recurrente en la forma que, según los casos, previene esta Ley, el Secretario judicial dictará sin más trámites decreto declarando desierto el recurso con imposición de las costas al particular recurrente comunicándolo así

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Artículo 893 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.893 LECrim – Artículo 893 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española Si a juicio de la Sala fuere admisible el recurso y, en su caso, la adhesión al mismo, lo acordará de plano mediante providencia. La providencia en que se acuerde la admisión del recurso dispondrá igualmente que por el Secretario judicial se proceda

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Artículo 842 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.842 LECrim – Artículo 842 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española Si fueren dos o más los procesados y no a todos se les hubiese declarado en rebeldía, se suspenderá el curso de la causa respecto a los rebeldes hasta que sean hallados, y se continuará respecto a los demás. Artículo 843 Artículo 844

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Artículo 851 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.851 LECrim – Artículo 851 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española Podrá también interponerse el recurso de casación por la misma causa: 1.º Cuando en la sentencia no se exprese clara y terminantemente cuáles son los hechos que se consideren probados, o resulte manifiesta contradicción entre ellos, o se consignen como hechos probados conceptos

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Artículo 864 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.864 LECrim – Artículo 864 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española En las copias certificadas de los autos denegatorios previstas en los artículos anteriores, el Secretario judicial hará constar también la situación económica de los que intenten la queja en los términos que previene el artículo 858. Artículo 865 Artículo 866 Artículo 867 Artículo

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Artículo 843 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.843 LECrim – Artículo 843 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española En cualquiera de los casos de los tres artículos anteriores, se reservará en el auto de suspensión a la parte ofendida por el delito la acción que le corresponda para la restitución de la cosa, la reparación del daño y la indemnización de

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