Artículo 241 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal
Art.241 LECrim – Artículo 241 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española Las costas consistirán: 1.º En el reintegro del papel sellado empleado en la causa. 2.º En el pago de los derechos de Arancel. 3.º En el de los honorarios devengados por los Abogados y peritos. 4.º En el de las indemnizaciones correspondientes a
