Archivo del Autor: Abogado Penalista

Artículo 739 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.739 LECrim – Artículo 739 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española Terminadas la acusación y la defensa, el Presidente preguntará a los procesados si tienen algo que manifestar al Tribunal. Al que contestare afirmativamente le será concedida la palabra. El Presidente cuidará de que los procesados, al usarla, no ofendan la moral ni falten

Leer más

Artículo 738 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.738 LECrim – Artículo 738 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española Después de estos informes, sólo será permitido a las partes la rectificación de hechos y conceptos. Artículo 739 Artículo 740 Artículo 741 Artículo 742 Artículo 743 CAPÍTULO V. DE LA SUSPENSIÓN DEL JUICIO ORAL Artículo 744 Artículo 745 Artículo 746 Artículo 747 Artículo

Leer más

Artículo 737 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.737 LECrim – Artículo 737 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española Los informes de los defensores de las partes se acomodarán a las conclusiones que definitivamente hayan formulado, y, en su caso, a la propuesta por el Presidente del Tribunal con arreglo a lo dispuesto en el artículo 733. Artículo 738 Artículo 739 Artículo

Leer más

Artículo 736 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.736 LECrim – Artículo 736 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española En seguida dará la palabra a los defensores de los procesados, y después de ellos a los de las personas civilmente responsables, si no se defendieren bajo una sola representación con aquéllos. Artículo 737 Artículo 738 Artículo 739 Artículo 740 Artículo 741 Artículo

Leer más

Artículo 735 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.735 LECrim – Artículo 735 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española El Presidente concederá después la palabra al defensor del actor civil si lo hubiere, quien limitará su informe a los puntos concernientes a la responsabilidad civil. Artículo 736 Artículo 737 Artículo 738 Artículo 739 Artículo 740 Artículo 741 Artículo 742 Artículo 743 CAPÍTULO

Leer más

Artículo 734 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.734 LECrim – Artículo 734 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española Llegado el momento de informar, el Presidente concederá la palabra al Fiscal, si fuere parte en la causa, y después al defensor del acusador particular si le hubiese. En sus informes expondrán éstos los hechos que consideren probados en el juicio, su calificación

Leer más

Artículo 733 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.733 LECrim – Artículo 733 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española Si juzgando por el resultado de las pruebas entendiere el Tribunal que el hecho justiciable ha sido calificado con manifiesto error, podrá el Presidente emplear la siguiente fórmula: «Sin que sea visto prejuzgar el fallo definitivo sobre las conclusiones de la acusación y

Leer más

Artículo 732 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.732 LECrim – Artículo 732 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española Practicadas las diligencias de la prueba, las partes podrán modificar las conclusiones de los escritos de calificación. En este caso formularán por escrito las nuevas conclusiones y las entregarán al Presidente del Tribunal. Las conclusiones podrán formularse en forma alternativa, según lo dispuesto

Leer más

Artículo 731 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.731 bis LECrim – Artículo 731 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española El Tribunal, de oficio o a instancia de parte, por razones de utilidad, seguridad o de orden público, así como en aquellos supuestos en que la comparecencia de quien haya de intervenir en cualquier tipo de procedimiento penal como imputado, testigo,

Leer más

Artículo 731 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.731 LECrim – Artículo 731 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española El Tribunal adoptará las disposiciones convenientes para evitar que los procesados que se hallen en libertad provisional se ausenten o dejen de comparecer a las sesiones desde que éstas den principio hasta que se pronuncie la sentencia. Artículo 731 bis CAPÍTULO IV. DE

Leer más