Archivo de la etiqueta: ley enjuiciamiento criminal

Artículo 880 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.880 LECrim – Artículo 880 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española Interpuesto el recurso y transcurrido el término del emplazamiento el Secretario judicial designará al Magistrado ponente que por turno corresponda y formará nota autorizada del recurso en término de diez días. Dicha nota contendrá copia literal de la parte dispositiva de la resolución

Leer más

Artículo 893 bis b de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.893 bis b LECrim – Artículo 893 bis b de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española Si la Sala hiciere uso de la facultad que le otorga el artículo anterior, dictará sentencia en los términos que prescriben los artículos 899 y 900. Artículo 894 Artículo 895 Artículo 896 Artículo 897 Artículo 898 Artículo 899 Artículo

Leer más

Artículo 866 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.866 LECrim – Artículo 866 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española Transcurrido el término del emplazamiento sin que haya comparecido el recurrente en queja, el Secretario judicial dictará decreto declarando desierto el recurso, con las costas, y lo comunicará al Tribunal sentenciador para los efectos que correspondan, y quedará firme y consentido el auto

Leer más

Artículo 881 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.881 LECrim – Artículo 881 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española Igualmente, el Secretario judicial interesará el nombramiento de Abogado y Procurador para la defensa del procesado, condenado o absuelto por la sentencia, cuando no fuese el recurrente ni hubiese comparecido. El Abogado así nombrado no podrá excusarse de aceptar la defensa del procesado,

Leer más

Artículo 894 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.894 LECrim – Artículo 894 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española Admitido el recurso y señalado día para la vista por el Secretario judicial, se verificará ésta en audiencia pública, con asistencia del Ministerio fiscal y de los defensores de las partes. La incomparecencia injustificada de estos últimos no será, sin embargo, motivo de

Leer más

Artículo 867 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.867 LECrim – Artículo 867 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española Si el recurrente compareciere en tiempo, al verificarlo formulará, en escrito firmado por Abogado y Procurador, con la mayor concisión y claridad, los fundamentos de la queja. De dicho escrito y del auto denegatorio acompañará copias autorizadas para las demás partes personadas en

Leer más

Artículo 882 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.882 LECrim – Artículo 882 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española Dentro del término señalado para formación de la nota por el artículo 880, el Fiscal y las partes se instruirán y podrán impugnar la admisión del recurso o la adhesión al mismo. Si la impugnaren, acompañarán con el escrito de impugnación tantas copias

Leer más

Artículo 895 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.895 LECrim – Artículo 895 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española La Sala mandará traer a la vista los recursos por el orden de su admisión, estableciendo turnos especiales de preferencia para los comprendidos en el artículo 877. Si por cualquier causa no pudiese tener lugar la vista en el día señalado, el Secretario

Leer más

Artículo 867 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.867 bis LECrim – Artículo 867 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española Cuando alguna de las partes emplazadas comparezca en forma legal, dentro del término de emplazamiento, se le entregará copia del escrito del recurso y del auto denegatorio para que, si lo estima conducente, pueda impugnarlo en el mismo término de tercero

Leer más

Artículo 882 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.882 bis LECrim – Artículo 882 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española En su escrito de interposición, el recurrente podrá solicitar la celebración de vista; la misma solicitud podrán hacer las demás partes al instruirse del recurso. Artículo 883 Artículo 884 Artículo 885 Artículo 886 Artículo 887 Artículo 888 Artículo 889 Artículo 890

Leer más