Archivo de la etiqueta: ley enjuiciamiento criminal

Artículo 588 bis f de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.588 bis f LECrim – Artículo 588 bis f de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española 1. La solicitud de prórroga se dirigirá por el Ministerio Fiscal o la Policía Judicial al juez competente con la antelación suficiente a la expiración del plazo concedido. Deberá incluir en todo caso: a) Un informe detallado del resultado

Leer más

Artículo 588 ter k de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.588 ter k LECrim – Artículo 588 ter k de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española Cuando en el ejercicio de las funciones de prevención y descubrimiento de los delitos cometidos en internet, los agentes de la Policía Judicial tuvieran acceso a una dirección IP que estuviera siendo utilizada para la comisión algún delito y

Leer más

Artículo 588 septies c de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.588 septies c LECrim – Artículo 588 septies c de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española La medida tendrá una duración máxima de un mes, prorrogable por iguales períodos hasta un máximo de tres meses. Artículo 588 octies TÍTULO IX. De las fianzas y embargos Artículo 589 Artículo 590 Artículo 591 Artículo 592 Artículo 593

Leer más

Artículo 588 bis g de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.588 bis g LECrim – Artículo 588 bis g de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española La Policía Judicial informará al juez de instrucción del desarrollo y los resultados de la medida, en la forma y con la periodicidad que este determine y, en todo caso, cuando por cualquier causa se ponga fin a la

Leer más

Artículo 588 ter l de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.588 ter l LECrim – Artículo 588 ter l de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española 1. Siempre que en el marco de una investigación no hubiera sido posible obtener un determinado número de abonado y este resulte indispensable a los fines de la investigación, los agentes de Policía Judicial podrán valerse de artificios técnicos

Leer más

Artículo 588 bis h de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.588 bis h LECrim – Artículo 588 bis h de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española Podrán acordarse las medidas de investigación reguladas en los siguientes capítulos aun cuando afecten a terceras personas en los casos y con las condiciones que se regulan en las disposiciones específicas de cada una de ellas. Artículo 588 bis

Leer más

Artículo 588 ter m de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.588 ter m LECrim – Artículo 588 ter m de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española Cuando, en el ejercicio de sus funciones, el Ministerio Fiscal o la Policía Judicial necesiten conocer la titularidad de un número de teléfono o de cualquier otro medio de comunicación, o, en sentido inverso, precisen el número de teléfono

Leer más

Artículo 588 bis i de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.588 bis i LECrim – Artículo 588 bis i de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española El uso de las informaciones obtenidas en un procedimiento distinto y los descubrimientos casuales se regularan con arreglo a lo dispuesto en el artículo 579 bis. Artículo 588 bis j Artículo 588 bis k CAPÍTULO V. La interceptación de las

Leer más

Artículo 588 quater a de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.588 quater a LECrim – Artículo 588 quater a de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española 1. Podrá autorizarse la colocación y utilización de dispositivos electrónicos que permitan la captación y grabación de las comunicaciones orales directas que se mantengan por el investigado, en la vía pública o en otro espacio abierto, en su domicilio

Leer más

Artículo 588 bis j de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.588 bis j LECrim – Artículo 588 bis j de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española El juez acordará el cese de la medida cuando desaparezcan las circunstancias que justificaron su adopción o resulte evidente que a través de la misma no se están obteniendo los resultados pretendidos, y, en todo caso, cuando haya transcurrido

Leer más